Prestaciones Sanitarias para el Autónomo

 

Prestaciones sanitarias

La Asistencia Sanitaria de la Seguridad Social tiene por objeto la prestación de los servicios médicos y farmacéuticos necesarios para conservar o restablecer la salud de sus beneficiarios, así como su aptitud para el trabajo. Proporciona, también, los servicios convenientes para completar las prestaciones médicas y farmacéuticas, atendiendo, de forma especial, a la rehabilitación física precisa para lograr una completa recuperación profesional del trabajador.

En el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos la prestación se reconoce en los mismos términos y condiciones que en el Régimen General de la Seguridad Social.

Son titulares y beneficiarios de esta prestación:

  • Los trabajadores, afiliados y en alta o en situación asimilada a la de alta.
  • Los pensionistas y perceptores de prestaciones periódicas de la Seguridad Social.
  • Los familiares o asimilados a cargo de los anteriores.
  • Otros (huérfanos, personas sin recursos, etc.).

Los familiares o asimilados a cargo de trabajadores y pensionistas deben convivir con el titular (salvo separados y divorciados) y estar a su cargo, no realizar trabajo remunerado, ni percibir renta patrimonial ni pensión superior al doble del IPREM y no tener derecho a esta prestación por título distinto.